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Gestión en derechos humanos

Sostenibilidad

Gestión en derechos humanos

Gestión en derechos humanos

Alineados con la aplicación de las mejores prácticas y como parte de su compromiso con el desarrollo sostenible, Triple A formalizó las orientaciones y lineamientos en la gestión de derechos humanos para impulsar su respeto, promulgación, promoción y cumplimiento.

La Junta Directiva aprobó la Política de Derechos Humanos que determina las actuaciones en esa materia frente a todos los grupos de interés, incluida la cadena de abastecimiento.

Basado en la mencionada política, se definió el proceso de debida diligencia en derechos humanos, que permite gestionar en forma proactiva y transversal los riesgos reales y potenciales en los que se puede ver involucrada la empresa en todos los niveles organizacionales: estratégico, táctico y operativo.

Se definió la ruta estratégica a corto, mediano y largo plazo, a partir del nivel de madurez de la organización frente a la gestión de derechos humanos en prácticas relacionadas con:

Debida diligencia

Triple A estableció el proceso de debida diligencia en derechos humanos adoptando las recomendaciones propuestas de varias iniciativas mundialmente aceptadas, entre ellas: la guía de la OCDE de Debida Diligencia para una Conducta Empresarial Responsable y los Principios Rectores en Materia de Derechos Humanos, con el objetivo de identificar, prevenir, mitigar y responder de las consecuencias sobre los derechos humanos directamente relacionadas con operaciones, productos o servicios prestados por sus relaciones comerciales.

La gobernanza de los asuntos relacionados con los derechos humanos en Triple A está a cargo del Comité de Gerencia y del Comité de DD. HH. con funciones específicas para cada espacio.

A su vez, la evaluación de los impactos negativos reales y potenciales en DD.HH. está a cargo del Comité y se realiza ordinariamente de manera anual

Adicionalmente, se establece su realización bajo las siguientes circunstancias: antes de emprender una nueva actividad, antes de establecer una nueva relación comercial, antes de adoptar decisiones importantes que impliquen cambios operacionales

A su vez, la evaluación de los impactos negativos reales y potenciales en DD.HH. está a cargo del Comité y se realiza ordinariamente de manera anual

Adicionalmente, se establece su realización bajo las siguientes circunstancias: antes de emprender una nueva actividad, antes de establecer una nueva relación comercial, antes de adoptar decisiones importantes que impliquen cambios operacionales

Mecanismos de reparación

A través de la línea ética, fueron formalizados los mecanismos para la recepción de quejas y reclamos que permiten atender de manera oportuna, transparente y eficaz las solicitudes de los que se consideren afectados en sus DD.HH. por la actividad operativa de la organización. Igualmente se actualizó del Código de Conducta con la tipología de reportes asociados a derechos humanos y se implementó el sistema de remediación No-Judicial de forma preventiva.